
Formas de colaboración Universidad-Empresa
Colaboraciones puntuales
Este tipo de colaboración puntual suele producirse para asesoramiento mutuo en cuestiones técnicas, formativas o de empleo, cooperación en programas de formación o intercambio de personal investigador y técnico, utilización de determinadas instalaciones y equipos disponibles de ambas instituciones, cooperación en programas de difusión tecnológica e innovación, foros u otros tipos de eventos.
Para llevar a cabo estas colaboraciones puntuales, sin intercambio económico que no sea el patrocinio tradicional, suele bastar con un compromiso verbal o escrito de ambas partes.
Algunos ejemplos
- Organización en la universidad de Foros de Empleo.
- Inserción de empresas en el programa de prácticas en empresa para alummos de últimos cursos.
- Realización de proyectos fin de carrera y fin de máster de alumnos de la universidad en empresas interesadas.
- Impartición de charlas y tutoriales en eventos comerciales por parte de expertos de la universidad.
- Impartición de conferencias y seminarios en clases de titulaciones de grado y postgrado por parte de expertos de la empresa.
- Donación de material HW y/o SW por parte de la empresa a grupos de investigación que trabajarán con este material y lo referenciarán en sus publicaciones.
La colaboración como estrategia: El convenio marco
Cuando la colaboración entre la universidad y la empresa deja de ser puntual para convertirse en una estrategia de mejora continua e innovación, es aconsejable reflejar este compromiso por escrito en un Convenio Marco de Colaboración.
Como su propio nombre indica, este documento no compromete a llevar a cabo ninguna acción concreta, simplemente informa de la disposición de la empresa y la universidad a colaborar en todos los aspectos posibles. Es decir, este convenio pone de manifiesto el interés en colaborar en actividades de docencia e investigación y desarrollo por ambas partes.
Se suele designar un comité o comisión compuesto por un par de personas de la universidad y por un par de personas de la empresa, que realicen un seguimiento de las actividades que se están realizando dentro del convenio y que sugieran nuevas vías de colaboración para el futuro.
Contrato tipo artículo 83
Tanto en el caso de colaboraciones puntuales como en el caso de colaboraciones estratégicas, cuando existe un intercambio económico entre la empresa y la universidad o algún miembro de su personal, la fórmula habitual de contrato es el Contrato de Investigación según el Artículo 83.
En este tipo de contrato se especifica del objetivo que se persigue, se describe el plan de trabajo (fases, cronología, equipo, etc), se detalla el presupuesto total y los medios materiales y humanos que se requieren especificando las aportaciones de cada entidad y se definen los responsables del desarrollo del trabajo por ambas partes, así como los interlocutores en el seguimiento del mismo.
No es necesario tener firmado un convenio marco de colaboración para firmar un contrato de investigación, aunque de ser así, la gestión y burocracia asociadas al contrato suelen ser más sencillas por tratarse de dos entidades que colaboran de manera habitual.
Existen otras formas de contrato de colaboración diferentes del contrato por el artículo 83 que se pueden aplicar según la situación concreta de las dos partes y de la finalidad de la colaboración, pero varían mucho de unos casos a otros.
Cátedra de Investigación
Bajo la dirección de un investigador de prestigio reconocido, el objetivo de las Cátedras de investigación realizar contribuciones relevantes en un campo muy concreto con un horizonte de medio plazo (3-5 años). Además, las Cátedras promueven la transmisión de los conocimientos adquiridos a las diferentes audiencias que pueden estar interesadas.
Para financiar una Cátedra no suele ser necesario haber firmado un convenio marco previamente, aunque de nuevo es recomendable hacerlo.

